Conclusiones del XIX Coloquio Tributario Hotelero Gastronómico de FEHGRA

La Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) realizó el XIX Coloquio Tributario Hotelero Gastronómico, el 22 y 23 de septiembre, en la ciudad de Mendoza.

Conclusiones Coloquio 2022

 

  1. El Tipo de IVA Reducido para el Sector. La actividad hotelera gastronómica, como toda aquella generadora de mano de obra intensiva, debe estar sujeta al tipo reducido de IVA, en línea con el tratamiento que aplica la Comunidad Económica Europea donde el objetivo de esta modalidad es precisamente la promoción del empleo y la mejora de la formalidad.
  2. Mirada del Poder Legislativo sobre el Sector. El proyecto de Ley “Régimen Especial de Deducción del Impuesto a las Ganancias”, presentado por el diputado Hernán Lombardi y la senadora Mariana Juri, que establece un procedimiento de deducción de los gastos efectuados en turismo en Argentina a los fines de la determinación del Impuesto a las Ganancias, es una herramienta de política de largo plazo, que brinda confiabilidad. El costo fiscal del Proyecto es totalmente aceptable, porque se trata de un círculo virtuoso ya que estimula los consumos del sector privado.
  3. Implicancias del Consenso Fiscal. El Consenso Fiscal implica la aprobación legal de la ampliación del hecho imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y las efectivas acciones de las distintas Direcciones de Rentas del país en procura de incorporar nuevos contribuyentes vía la presencia digital. Hay que alertar al sector sobre las políticas tributarias implementadas y a implementar por las 24 jurisdicciones. Hay una nueva presión tributaria de impuestos provinciales a nivel federal.
  4. Particularidades Tributarias de los Retiros de Fondos de las Empresas. En las empresas familiares, la modalidad adoptada para retirar fondos es determinante para establecer la carga tributaria impositiva total, debiéndose evaluar cuidadosamente las alternativas posibles (P. ej: sueldos, honorarios, intereses, dividendos, etc.), y de este modo minimizar el impacto impositivo.
  5. ¿Cómo actuar frente a una fiscalización de La AFIP? El accionar de la Administración resultará procedente siempre que no se vulneren derechos personales garantizados por la Constitución Nacional, los actos administrativos deben ser razonables y adecuados a la finalidad y objeto de la disposición que justifica su existencia.
  6. Análisis de la Coyuntura Económica. La recuperación de la actividad sectorial comienza a mostrar una desaceleración e incluso señales de reversión, principalmente en el rubro gastronómico. La aceleración inflacionaria está erosionando el poder adquisitivo y afectando la demanda de este tipo de servicios. Mientras que en abril la actividad sectorial conjunta estaba 20% por debajo de abril de 2019, en junio registró -28%. Con respecto al empleo registrado por el Ministerio de Trabajo, se identifica una continuación del proceso de recuperación iniciado a mediados del año pasado.
  7. Voracidad Fiscal. El sistema impositivo argentino tiene una situación desventajosa en la región, caracterizado por una altísima presión fiscal, complejidad y altos costos de cumplimiento fiscal, que lo convierte en no competitivo y no neutral, constituyendo un serio obstáculo al crecimiento y pleno empleo. La voracidad fiscal se configura, en nuestro país, no sólo por una exagerada carga tributaria, sino también por la existencia de criterios e interpretaciones fiscales que, violentando el marco normativo, recorta y limita la libertad y los derechos de los contribuyentes. La buena fe es rectora del comportamiento del Estado recaudador, siendo la ética componente de las normas de derecho positivo que regulan el funcionamiento del Estado. Es importante delimitar los contenidos éticos y de buena fe que deben inspirar la actuación del Estado, imponiéndose la erradicación de la actividad de la Administración en general y, en especial de la gestión administrativa fiscal, de las vías de hecho y la desviación de poder como comportamientos que corrompen las relaciones entre el Fisco y los contribuyentes.

.

FUENTE: FEHGRA – Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Portal DT, Portal de Turismo, Turismo en Argentina, Turismo Mundial, Viajes, Vacaciones, Noticias, Novedades, Placer

Otros Sitios

www.hockeynews.com.ar