Participación de la AHT en el proceso de la Resolución N°3668 (AFIP)
En el día de ayer (martes 9 de septiembre) fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General (AFIP) N° 3668, la cual reglamenta el procedimiento para la emisión de facturas por la prestación de servicios hoteleros. La resolución se
ocupa de establecer el procedimiento para posibilitar la emisión de Facturas “A” para los casos en que el crédito resulta computable.
A partir del primero de noviembre, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) le exige a los bares, restaurantes y hoteles no emitir comprobantes del tipo «A» aunque los compradores sean responsables inscriptos en los tributos, en
cambio debe emitirse Factura “B” por la prestación de servicios hoteleros cuando el crédito fiscal del IVA no resulte computable por limitación legal.
La Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHT) conjuntamente con la Federación Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) han colaborado con el equipo técnico de la AFIP responsable de su redacción, sugiriendo algunas modificaciones que permitieran lograr una herramienta que pueda establecer parámetros generales para el proceso de facturación en los hoteles.
FUENTE: AHT – Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina