Operaciones en moneda extranjera para gastos de turismo y/o compras al o en el exterior. Adelanto de impuestos

AFIP

Se extiende la aplicación de la percepción a la compra de moneda extranjera para gastos de turismo. Se incrementa la alícuota a aplicar del 20% al 35 %.

Le informamos que en el Boletín Oficial del día 03/12/2013 se ha publicado la Resolución General N° 3.550 (AFIP), relativa a: “Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Adelanto de Impuesto. Norma modificatoria”.

Mediante la aludida publicación se:

  • Extiende la aplicación de la percepción (adelanto de impuesto) a las operaciones de adquisición de moneda extranjera –billetes o cheques de viajero- para gastos de turismo y viajes, con validación fiscal. Asimismo resultan incluidas las transferencias al exterior por turismo y viajes sujetas a validación fiscal.
  • Modifica la alícuota a aplicar del 20% al 35%.

Vigencia: La norma entra en vigencia a partir del día martes 3 de diciembre de 2013.

Las normas mencionadas se encuentran disponibles para su consulta en la página Web de la Biblioteca Electrónica (http://biblioteca.afip.gob.ar )

FUENTE: AFIP

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Portal DT, Portal de Turismo, Turismo en Argentina, Turismo Mundial, Viajes, Vacaciones, Noticias, Novedades, Placer

Otros Sitios

www.hockeynews.com.ar