En los próximos días se habilitará el ingreso de argentinos y residentes con un PCR negativo, sin necesidad de cuarentena

El Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), trabajan una resolución conjunta que habilitará a los argentinos y residentes a ingresar al país presentando un examen de PCR negativo, junto a una Declaración Jurada electrónica, dejando sin efecto la condición de cumplir cuarentena. De esta forma, el período de cuarentena obligatoria quedará establecido sólo como condición optativa para los pasos terrestres habilitados.

Tras la publicación del Decreto Presidencial 945/2020 que fijó nuevas normativas de ingreso en el marco de la pandemia de COVID, las carteras de Salud e Interior harán efectiva próximamente dicha resolución, que unificará los requisitos exigidos para el ingreso de extranjeros y de argentinos y residentes en las dos vías habilitadas para este fin: el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y la terminal marítima de Buquebús, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las personas extranjeras que ingresen al territorio nacional deberán presentar además del PCR y la Declaración Jurada, que debe ser completada indefectiblemente dentro de las 48 horas previas al embarque, un seguro médico COVID, un requisito que no aplica en el caso de argentinos y residentes.

A su vez, los ciudadanos argentinos y residentes que ingresen al país por los pasos terrestres que se encuentran habilitados, podrán optar por presentar el PCR, siempre de una vigencia de hasta 72 horas, o bien cumplir con la cuarentena de 14 días.

En tanto, las compañías aéreas y la empresa de transporte fluvial que operan en el tránsito de argentinos, residentes y extranjeros, deberán exigir el cumplimiento de las medidas establecidas previo al embarque de las personas. De no hacerlo correctamente será plausible la aplicación de multas.

Las medidas de seguridad sanitaria obligatorias vigentes en todos los ingresos al país, consistentes en distanciamiento social, toma de temperatura, utilización de barbijos, en otras, siguen en plena vigencia.

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FUENTE: MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA NACIÓN ARGENTINA

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