Participación de la AHT en el proceso de la Resolución N°3668 (AFIP)

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En el  día  de ayer (martes 9 de septiembre) fue publicada en  el  Boletín  Oficial  la Resolución General (AFIP) N° 3668,  la cual  reglamenta el procedimiento para la emisión  de  facturas  por  la  prestación  de  servicios  hoteleros.  La  resolución  se
ocupa de establecer el procedimiento para posibilitar la emisión de  Facturas “A” para los casos en que el crédito resulta computable.

A partir del primero de noviembre, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)  le  exige a los bares, restaurantes y hoteles no emitir comprobantes del tipo «A»  aunque  los  compradores  sean  responsables  inscriptos  en  los  tributos,  en
cambio debe emitirse Factura “B” por la prestación de servicios hoteleros cuando el crédito fiscal del IVA no resulte computable por limitación legal.

La  Asociación  de  Hoteles  de  Turismo  de  la  República  Argentina  (AHT) conjuntamente  con  la  Federación  Hotelera  Gastronómica  de  la  República Argentina  (FEHGRA)  han  colaborado  con  el  equipo  técnico  de  la  AFIP responsable de su redacción, sugiriendo algunas modificaciones que permitieran lograr  una  herramienta  que  pueda  establecer  parámetros  generales  para  el proceso de facturación en los hoteles.

FUENTE: AHT – Asociación  de  Hoteles  de  Turismo  de  la  República  Argentina

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